¿TE GUSTARIA CONOCER EL PROCESO DE VENTA DE UNA CASA? Parte 7.-Trato y firma

En esta parte del proceso vamos a tratar la firma del contrato de arras y de la posterior escritura pública de compraventa .

En esta parte del proceso vamos a tratar la firma del contrato de arras y de la posterior escritura pública de compraventa .

El contrato de arras es el contrato más habitual a la hora de formalizar el acuerdo de compraventa de una casa .

En dicho contrato se recogerán las diferentes clausulas pactadas y los datos más importantes para preparar posteriormente la escritura publica de compraventa .

Sin ser excluyentes ,un contrato de arras debe recoger :

-los datos que identifican a las partes intervinientes

-los datos y descripción del inmueble o inmuebles objeto del contrato

-la declaración de las cargas registrales si existieran

– el precio pactado

-la cantidad que se entrega a cuenta del precio

– el pacto sobre los gastos

– la fecha máxima para hacer la escritura

-la clausula penal por incumplimiento de lo pactado

-los tribunales competentes en caso de discordia

Una vez firmado el contrato de arras empezaremos a preparar la documentación para ir a Notaria .

Debemos aportar ,como mínimo ,la  siguiente documentación :

-certificado energético

-certificado de estar al corriente de los gastos de comunidad

-certificado del Ayuntamiento

-copia de la escritura de la casa que se vende

-la forma de pago y comprobar los valores fiscales

Una vez aportada la documentación , nos darán cita y si todo va bien , firmaremos la escritura .

¡¡ Enhorabuena a los vendedores y compradores ¡¡

Si necesitas cualquier aclaración , o tienes dudas llámanos a Urbatic inmobiliaria Gandia   al 962954466 y te atenderemos encantados

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