¿TE GUSTARIA CONOCER EL PROCESO DE VENTA DE UNA CASA? Parte 7.-Trato y firma
En esta parte del proceso vamos a tratar la firma del contrato de arras y de la posterior escritura pública de compraventa .
En esta parte del proceso vamos a tratar la firma del contrato de arras y de la posterior escritura pública de compraventa .
El contrato de arras es el contrato más habitual a la hora de formalizar el acuerdo de compraventa de una casa .
En dicho contrato se recogerán las diferentes clausulas pactadas y los datos más importantes para preparar posteriormente la escritura publica de compraventa .
Sin ser excluyentes ,un contrato de arras debe recoger :
-los datos que identifican a las partes intervinientes
-los datos y descripción del inmueble o inmuebles objeto del contrato
-la declaración de las cargas registrales si existieran
– el precio pactado
-la cantidad que se entrega a cuenta del precio
– el pacto sobre los gastos
– la fecha máxima para hacer la escritura
-la clausula penal por incumplimiento de lo pactado
-los tribunales competentes en caso de discordia
Una vez firmado el contrato de arras empezaremos a preparar la documentación para ir a Notaria .
Debemos aportar ,como mínimo ,la siguiente documentación :
-certificado energético
-certificado de estar al corriente de los gastos de comunidad
-certificado del Ayuntamiento
-copia de la escritura de la casa que se vende
-la forma de pago y comprobar los valores fiscales
Una vez aportada la documentación , nos darán cita y si todo va bien , firmaremos la escritura .
¡¡ Enhorabuena a los vendedores y compradores ¡¡
Si necesitas cualquier aclaración , o tienes dudas llámanos a Urbatic inmobiliaria Gandia al 962954466 y te atenderemos encantados